Argentina elige mañana a su próximo presidente y es fundamental que cada votante esté debidamente informado y preparado para ejercer su derecho al voto de la mejor manera posible.
En esta nota intentaremos brindar algunas respuestas a posibles preguntas que pudieran surgir a los y las lectoras:
- ¿Cuándo inicia y concluye la votación? Desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde. Luego del cierre podrán votar quienes estén en fila de espera.
- ¿Qué DNI es válido para votar? Podés votar con el DNI que figura en el padrón electoral o el posterior. ¡Los anteriores no sirven!
- ¿Puedo votar con el DNI digital? No, la versión digital del DNI presente en Mi Argentina no es válida para votar.
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- ¿Qué sucede si perdí el DNI? No podés votar y tenés que hacer la denuncia correspondiente.
- ¿Puedo votar con una constancia de DNI en trámite? No, porque no acredita la identidad del votante.
- ¿Qué pasa si estoy enfermo y no puedo ir a votar? Se justifica por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos de salud pública (en ausencia de éstos, por un/a profesional de salud particular).
- ¿Y si estoy de viaje a más de 500 km de donde debo votar? Tenés que acercarte a la dependencia policial más cercana y allí justificar que esa situación obedece a motivos razonables.
- ¿Hay una multa o penalidad por no ir a votar? Sí, porque es obligatorio. Corresponde una multa de $50 a $500 pesos, solo si sos mayor de 18 años y menor de 70. La falta de pago de la multa impide realizar gestiones administrativas ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año. También se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar y no podrás ser designado/a para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
- ¿Puedo entrar al cuarto oscuro con bolsos grandes o mochilas? No están prohibidas, pero lo ideal es que se deje sobre la mesa (en custodia de la autoridad de mesa y el resto de los fiscales) para evitar sospechas.
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- ¿Es un delito robar, romper, falsificar o sustituir boletas? Sí, y está penado con cárcel de 1 a 4 años por el Código Electoral Nacional (art. 139).
- ¿Son válidas las boletas de las elecciones pasadas? Las boletas de las elecciones generales de primera vuelta, sí. Las de las PASO, no.
- ¿Qué sucede si veo que las boletas están rotas? Son válidas siempre que el encabezado se encuentre intacto. Debe estar intacto el nombre del partido, categoría de cargos a elegir y número de lista. Es decir, que si está roto el lado superior izquierdo, y no se ven estos datos, hay que pedir boletas a la autoridad de mesa.
- ¿Qué hago si entro al cuarto oscuro y no hay boletas del candidato que quiero votar? Avisar a la autoridad de mesa que hay boletas faltantes, sin decir de quién. Decir simplemente “faltan boletas” y esperar la reposición.
- ¿Cuál es el rol de las fuerzas de seguridad en las escuelas? Su única función es garantizar una elección ordenada y segura. Nada más.
- ¿Puedo entrar con niños? Si. No hay ninguna norma en el Código Electoral Nacional que impida entrar con niños. Se debe garantizar la accesibilidad al voto y la razonabilidad (¡no es razonable dejar a un niño de 4 años solo, afuera del cuarto oscuro!)
- ¿Quiénes tienen prioridad para votar y no necesitan hacer fila? Adultos mayores, personas con niños/as, personas con discapacidad (visual, auditiva, física, intelectual y psicosocial), personas con limitaciones permanentes o transitorias y personas gestantes. Tenés que dirigirte a la autoridad de mesa para pedir la prioridad.
- Si soy una persona con discapacidad ¿tengo garantizada la accesibilidad? Si, cada establecimiento debe contar con los COA (Cuartos Oscuros Accesibles), ubicados cerca de la entrada principal.
- Si soy una persona no vidente ¿puedo entrar al CO con mi apoyo o persona de confianza? Sí, esto se llama voto asistido y esa persona debe acreditar su identidad. También podés pedir ayuda a la autoridad de mesa. En caso de contar con perro guía o de asistencia, se debe respetar tu derecho de entrar al establecimiento y permanecer en el cuarto oscuro junto con él.
Confiamos en que esta información será de utilidad para los lectores y deseamos que cada voto sea un paso firme hacia el futuro que anhelamos construir como sociedad.
María Victoria Rambur. Abogada. Docente en FCEyJ – UNLPam. Diplomada en Economía, Consumidores y Litigación Civil mvictoriarambur@gmail.com
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